(actualizado noviembre 2021)
En cumplimiento del artículo 3.1, letra b), en relación con el artículo 13 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, las entidades que hubieran percibido durante el período de un año inmediatamente anterior al momento de la solicitud de subvenciones públicas en una cuantía superior a 60.000 euros o cuando al menos el 30% del total de sus ingresos anuales tengan el carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros, deberán realizar una publicidad activa de las subvenciones obtenidas, por lo que se publica la siguiente información:
1.- INFORMACIÓN INSTITUCIONAL
La Federación Canaria de Golf, además de sus funciones propias en el ámbito interno, ejerce por atribución expresa de esta Ley y bajo la tutela de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, las siguientes funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso, como agente colaborador de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias:
a) Calificar y organizar o tutelar, en su caso, las actividades y competiciones deportivas oficiales, cuyo ámbito no exceda del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
b) Promover y ordenar su modalidad deportiva, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
c) Diseñar, elaborar y ejecutar, los planes de preparación de los deportistas de alto nivel, en su respectiva modalidad deportiva, de acuerdo con el desarrollo normativo correspondiente.
d) Colaborar con la Administración Deportiva de la Comunidad Autónoma de Canarias, en la formación de técnicos deportivos y, en la prevención, control y represión, del uso de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios en el deporte.
e) Ejercer la potestad disciplinaria en los términos establecidos en la presente ley y sus disposiciones de desarrollo.
f) Colaborar en el control de las subvenciones y ayudas, que se asignen a sus asociaciones en los términos establecidos en las disposiciones de desarrollo de la presente ley.
g) Ejecutar, en su caso, las resoluciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, del Comité Canario de Disciplina Deportiva y de la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte.
h) Colaborar con las Administraciones Públicas en la organización de las actividades y competiciones del deporte en edad escolar.
i) Establecer y aplicar el régimen para la elección de sus órganos de gobierno y representación.
2.- La FEDERACION CANARIA DE GOLF ejercerá asimismo, aquellas funciones que le sean delegadas por la Federación Española de GOLF en su momento.
3.- La FEDERACION CANARIA DE GOLF desempeña, respecto de sus asociados, las funciones de tutela, control y supervisión que le reconoce el ordenamiento jurídico deportivo. 4.- Los actos realizados por la Federación Canaria, en el ejercicio de las funciones públicas de carácter administrativo, serán susceptibles de recurso ante la Dirección General de Deportes, de acuerdo con lo que establezcan las disposiciones en vigor. Se exceptúan los actos en materia disciplinaria deportiva, contra los cuales se podrá recurrir ante el Comité Canario de Disciplina Deportiva y los actos referentes a los procesos de elecciones de los órganos de gobierno y representación de la Federación Canaria de Golf, que serán recurribles ante la Junta Canaria de Garantías Electorales del Deporte, de acuerdo con lo que establezcan las disposiciones en vigor.
HISTORIA DE LA FEDERACIÓN CANARIA DE GOLF
El 4 de Junio de 1992 en las dependencias del Real Club de Golf de Tenerife nace la Federación Canaria de Golf. El acuerdo alcanzado por las delegaciones territoriales de las islas representadas por D. Emilio Grande Gago, D. Pedro García Sanjuán Ruiz y D. Luis Nuñez Villaveirán de la Delegación de Tenerife y D. José La-Roche Brier, D. Manuel Pascual Acosta y D. Juan Benítez de Lugo de la Delegación de Las Palmas, puso el punto de partida a un proyecto presidido en su primera etapa por D. José La-Roche Brier secundado por D. Emilio Grande Gago como Vicepresidente y D. Luis Nuñez Villaveiran como secretario. Quedó así constituida la primera junta de gobierno de la Federación Canaria de Golf, cuyo mandato se extendió hasta 2003.
Ingeniero de Canales Caminos y Puertos, don José realizó una labor encomiable al frente de la Federación. Su amor por este deporte al igual que su empeño y dedicación marcaron el camino a seguir para esta joven organización.
Posteriormente accede a la presidencia Dña. María Luisa Forniés, que se mantendrá en el cargo durante dos legislaturas, hasta 2010. Durante su mandato, María Luisa aportó su trabajo y dedicación para que la Federación siguiera creciendo y se convirtiera en lo que es hoy en día.
En Febrero de 2011 se hace cargo de la Federación D. Salvador García Cantón. Natural de Las Palmas de Gran Canaria y economista de profesión, Cantón llega con ideas renovadoras para la Federación. La propuesta es hacer del golf un deporte plenamente accesible así como volcarse en el apoyo y el seguimiento a los jóvenes talentos que hay en las islas.
El 4 de noviembre de 2014 asume la presidencia de la Federación Canaria de Golf, D. Álvaro Alonso Lamberti Britz, con la intención de lograr mayor número de licencias, así como trabajar con los clubs y campos fomentando el golf de cantera, en busca de la excelencia.